El empleador debe cumplir con registrarse en el T-REGISTRO y luego registrará a:
- Trabajadores (*)
- Pensionistas
- Personal en formación – Modalidad Formativa Laboral y otros
- Personal de Terceros
- Derechohabientes
Recuerde que:
(*) Para efectos del aplicativo, se registran bajo esta categoría a los Practicantes SENATI, Pescador y Procesador Artesanal Independiente, Prestador de Servicios 4ta-5ta Categoría, Conductor de microempresa y Personal de la Administración Pública – Asignación Especial D.U 126-2001.
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