04. Excepciones en la emisión de Guía de Remisión Remitente

No será exigible la emisión de la Guía de Remisión Remitente en los siguientes casos:

EXCEPCIONES EN LA EMISIÓN DE LA GUÍA DE REMISIÓN REMITENTE

 

SI EL COMPRADOR SE ENCARGA DE REALIZAR EL TRASLADO DE LOS BIENES

El traslado será sustentado con el original de la factura y el vendedor debe consignar en dicho documento:

  • Las direcciones detalladas del punto de partida y de llegada.
  • No existe obligación de Guía de remisión remitente.

SI EL VENDEDOR SE ENCARGA DE REALIZAR EL TRASLADO

El original y la copia SUNAT de la factura sustentan el traslado y se debe indicar lo siguiente:

  • Marca y placa del vehículo
  • Numero de licencia de conducir
  • Dirección del punto de partida y llegada, indicadas de manera específica. 

SI EL TRASLADO ES REALIZADO POR CONSUMIDORES FINALES

En este caso los traslados serán sustentados con:

  • Boleta de venta
  • Tickets emitidos por máquinas registradoras

 

SI LA COMPRA SE REALIZA CON LIQUIDACIÓN DE COMPRA

El traslado será sustentado por el remitente con la liquidación de compra que debe contener la siguiente información:

  • Marca y placa del vehículo
  • Numero de licencia de conducir
  • Dirección del punto de partida y llegada, indicadas de manera específica.

 

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