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02. Declaración Jurada Informativa Reporte Local

Enviado por apoyo01 el Mar, 11/08/2020 - 03:36

Los contribuyentes sujetos al ámbito de aplicación de este artículo cuyos ingresos devengados en el ejercicio gravable superen las dos mil trescientas (2 300) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) deben presentar anualmente la declaración jurada informativa Reporte Local, respecto de las transacciones que generen rentas gravadas y/o costos o gastos deducibles para la determinación del impuesto.


Obligados a presentar la Declaración Jurada Informativa de Precios de Transferencia

- Reporte Local

1. Los contribuyentes que se encuentran obligados a presentar la declaración con la información de datos que se detallada en el Anexo I de la Resolución, son aquellos que en el ejercicio gravable al que corresponde dicha declaración: 

  • Sus ingresos devengados hayan superado las dos mil trescientas (2 300) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); y 
  • Hubieran realizado transacciones dentro del ámbito de aplicación de las normas de precios de transferencia, cuyo monto de operaciones sea igual o mayor a cien (100) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y menor a cuatrocientas (400) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). 

2. Los contribuyentes que se encuentran obligados a presentar la declaración con la información de datos, parte descriptiva y detalle de aplicación de los métodos a los que se refieren los Anexos II, III y IV de la Resolución, son aquellos que en el ejercicio gravable al que corresponde la declaración: 

  • Sus ingresos devengados hayan superado las dos mil trescientas (2 300) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y 
  • Hubieran realizado transacciones dentro del ámbito de aplicación de las normas de precios de transferencia, cuyo monto de operaciones sea igual o mayor a cuatrocientas (400) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). 

Sin embargo, sea cual fuere el monto de operaciones correspondiente a las transacciones dentro del ámbito de precios de transferencia, e incluso si este fuera menor a cien (100) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), se encuentran obligados a presentar la declaración según lo previsto en el punto 2 los contribuyentes cuyos ingresos devengados en el ejercicio gravable al que corresponde la declaración superen las dos mil trescientas (2 300) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), cuando sus transacciones consistan en la enajenación de bienes cuyo valor de mercado sea inferior al costo computable.

La Declaración Jurada Informativa de Precios de Transferencia – Reporte Local, se presenta mediante el formulario Virtual 3560 (En SUNAT Virtual). 

Base Legal:

Resolución Superintendencia: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2018/014-2018.pdf

Anexos:

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2018/anexo-014-2018.pdf

Para las Declaraciones Informativas de Precios de Transferencia anteriores al Ejercicio Gravable 2016, utilizar la versión anterior del Formulario 3560 haciendo clic aquí


Exceptuados de presentar la Declaración Jurada Anual Informativa de Precios de Transferencia - Reporte Local

Se exceptúa de la obligación de presentar la declaración: 

  • A las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales para efectos del Impuesto a la Renta que no generan rentas de tercera categoría. 
  • A las empresas que, según el Decreto Legislativo N.° 1031 que promueve la eficiencia de la actividad empresarial del Estado, conforman la actividad empresarial del Estado, así como a las empresas del Estado pertenecientes al nivel del gobierno regional y local a las que se aplica la primera disposición complementaria transitoria y modificatoria del citado decreto legislativo. 

Base legal: Artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N° 14- 2018/SUNAT 


Medio para presentar la declaración

Para la presentación de la Declaración Jurada Anual Informativa de Precios de Transferencia - Reporte Local, se utilizará el Formulario Virtual N° 3560 exclusivamente a través de SUNAT Virtual que está disponible en http://www.sunat.gob.pe.

Para tal efecto, los contribuyentes deben:

a. Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con su código de usuario y clave SOL. 

b. Ingresar a la opción: Presento mis declaraciones informativas / Informativas / Presentación de declaraciones informativas. 

c. Seleccionar como tipo de declaración Formulario Virtual y como N.° Formulario Precios de Transferencia – Reporte Local. 

d. Consignar la información que se detalla en los anexos I o II de la Resolución de Superintendencia, según corresponda, y adjuntar los archivos en formato pdf y excel de acuerdo con los anexos III y IV de la Resolución de Superintendencia, respectivamente, cuando corresponda, siguiendo las indicaciones establecidas en dicho formulario. 

La información que corresponda a los anexos III y IV se debe elaborar en el formato indicado e importarla al mencionado formulario. 

A efecto de presentar la declaración, los contribuyentes obligados deben seguir las indicaciones del sistema.

Base Legal: Artículo 5° y 6° de la Resolución de Superintendencia N° 14- 2018/SUNAT. 

 


Cronograma de Vencimientos – Reporte Local - Ejercicio 2018

La declaración correspondiente al ejercicio 2018 se presentará de acuerdo con el siguiente cronograma: 

 

ULTIMO DÍGITO

FECHA DE

DEL RUC

VENCIMIENTO

0

14 de junio de 2019 

1

17 de junio de 2019 

2 y 3

18 de junio de 2019 

4 y 5

19 de junio de 2019 

6 y 7

20 de junio de 2019 

8 y 9

21 de junio de 2019 

Buenos contribuyentes

24 de junio de 2019 

 


Cronograma de Vencimientos – Reporte Local - Ejercicio 2019

 La declaración correspondiente al ejercicio 2019 se presentará de acuerdo con el siguiente cronograma: 

  • Contribuyentes con ingresos > a 5000 UIT en el ejercicio 2019, deberán declarar de acuerdo al vencimiento original de las obligaciones tributarias del mes de mayo 2020.
  • Contribuyentes designados como principales contribuyentes con ingresos < = a 5000 UIT en el ejercicio 2019, el vencimiento para presentar la referida declaración ha sido postergado de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N° 075-2020/SUNAT modificado por el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia 099-2020/SUNAT como sigue:

 

Mayo 2020

Último Dígito del RUC

0

1

2 y 3

4 y 5

6 y7

8 y 9

Buenos Contribuyentes (todos los dígitos)

Fecha

14 de julio de 2020

15 de julio de 2020

16 de julio de 2020

17 de julio de 2020

20 de julio de 2020

21 de julio de 2020

22 de julio de 2020

 

  • Demás contribuyentes con ingresos < = a 5000 UIT en el ejercicio 2019, el vencimiento para presentar la referida declaración ha sido postergado de acuerdo con el numeral 3.2 de la Resolución de Superintendencia N° 099-2020/SUNAT como sigue:

Mayo 2020

Último Dígito del RUC

0

1

2 y 3

4 y 5

6 y7

8 y 9

Buenos Contribuyentes (todos los dígitos)

Fecha

14 de agosto de 2020

17 de agosto de 2020

18 de agosto de 2020

19 de agosto de 2020

20 de agosto de 2020

21 de agosto de 2020

24 de agosto de 2020

  

 

Cronograma de Vencimientos – Reporte Local - Ejercicio 2020

La declaración correspondiente al ejercicio 2020 se presentará de acuerdo con el siguiente cronograma:

EJERCICIO 2020

Último Dígito del RUC

0

1

2 y 3

4 y 5

6 y7

8 y 9

Buenos Contribuyentes (todos los dígitos)

Fecha

14 de junio 2021

15 de junio 2021

16 de junio 2021

17 de junio 2021

18 de junio 2021

21 de junio 2021

22 de junio de 2021

 

Cronograma de Vencimientos – Reporte Local - Ejercicio 2021

 

La declaración correspondiente al ejercicio 2021 se presentará de acuerdo con el siguiente cronograma:

 

EJERCICIO 2021

Último Dígito del RUC

0

1

2 y 3

4 y 5

6 y7

8 y 9

Buenos Contribuyentes (todos los dígitos)

Fecha

15 de junio 2022

16 de junio 2022

17 de junio 2022

20 de junio 2022

21 de junio 2022

22 de junio 2022

23 de junio de 2022

 

Cronograma de Vencimientos – Reporte Local - Ejercicio 2022

 

La declaración correspondiente al ejercicio 2022 se presentará de acuerdo con el siguiente cronograma:

 

EJERCICIO 2022

Último Dígito del RUC

0

1

2 y 3

4 y 5

6 y7

8 y 9

Buenos Contribuyentes (todos los dígitos)

Fecha

15 de junio 2023

16 de junio 2023

19 de junio 2023

20 de junio 2023

21 de junio 2023

22 de junio 2023

23 de junio de 2023

 

 


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