09. Registro de Compras (para Unidades Ejecutoras y entidades sujetas al COA – Estado)

Las Unidades Ejecutoras y Entidades comprendidas en el Sector Público Nacional deberán llevar un Registro de Compras en el que anotarán las adquisiciones de bienes y/o servicios que realicen.

Dicho registro deberá mantenerse debidamente actualizado, por el funcionario responsable, hasta el último período mensual que hubiera sido informado. 

El Registro de Compras deberá contener la siguiente información mínima, la que deberá anotarse en columnas separadas:

  1. Fecha de emisión del comprobante de pago extendido por el proveedor o la fecha de pago del Impuesto que grave la importación de bienes y/o utilización de servicios.
  2. Tipo de documento, de acuerdo a la codificación aprobada por la SUNAT.
  3. Serie del comprobante de pago.
  4. Número de comprobante de pago o numero de orden del formulario donde conste el pago del Impuesto.
  5. Numero de RUC del Proveedor.
  6. Nombre, razón social o denominación del proveedor.
  7. Base imponible de las adquisiciones gravadas con el Impuesto.
  8. Valor de las adquisiciones no gravadas con el Impuesto.
  9. Monto del Impuesto correspondiente a las adquisiciones gravadas.
  10. Otros tributos y cargos que no formen parte de la base imponible del Impuesto, cuando corresponda.
  11. Importe total de las adquisiciones según comprobante de pago.
  12. Número de comprobante de pago emitido por el sujeto no domiciliado en la utilización de servicios o adquisiciones de intangibles provenientes del exterior cuando corresponda.

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