Los emisores electrónicos obligados que soliciten la impresión de documentos físicos (Facturas, Boletas de Venta y Notas vinculadas a estas) para ser utilizados en las situaciones de contingencia, a partir del 01.08.2018 deberán de cumplir con requisitos adicionales según se indica a continuación:
LÍMITE DE AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN:
Los “emisores electrónicos obligados” podrán solicitar la impresión de documentos físicos de acuerdo a los siguientes límites:
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Se podrá solicitar como máximo el mayor entre: |
El 10% del promedio mensual de lo emitido en el SEE respecto del mismo tipo de comprobante de pago, en los seis (6) meses anteriores a la solicitud. |
100 formatos por cada tipo de comprobante de pago y por cada establecimiento. |
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