Se encuentran obligados a presentar la Declaración Anual de Operaciones con Terceros - DAOT 2022 los sujetos siguientes:
1.- Que al 31 de diciembre del 2022, hubiesen tenido la categoría de Principales Contribuyentes.
2.- Que estén obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV durante el ejercicio 2022, siempre que:
2.1.- El monto de sus ventas internas haya superado las 75 UIT.
2.2.- El monto de sus adquisiciones de bienes o servicios o contratos de construcción haya superado las 75 UIT.
3. Las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que hayan realizado sólo operaciones inafectas del IGV en el Ejercicio 2022, cuyo número de trabajadores que deben ser declarados en el PDT Planilla Electrónica - PLAME Formulario Virtual N.° 0601 correspondiente al período tributario noviembre del Ejercicio 2022 sea superior a diez (10). Se entiende como trabajador, para tal efecto, a los sujetos definidos en el literal v) del artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N.° 183-2011/SUNAT y normas modificatorias.
Para el cálculo de las ventas internas considere: |
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Si usted declara a través del |
Sume las casillas |
PDT 621 IGV Renta Mensual |
100 + 105 + 109 + 112 + 160 |
Formulario Virtual 621 |
100+105+109 |
Formulario Virtual N°621 Simplificado IGV- Renta Mensual |
100 |
Para el cálculo de las compras internas considere: |
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Si usted declara a través del Sume las casillas |
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PDT 621 IGV Renta Mensual |
107 + 110 + 113 + 120 |
Formulario Virtual 621 |
107+113+120 |
Formulario Virtual N° 621 Simplificado IGV- Renta Mensual |
107 |
Para elaborar la declaración deberá utilizar el PDT Operaciones con Terceros – Formulario Virtual 3500, versión 3.3.
La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) a considerar es la vigente durante el ejercicio 2022: S/ 4,600