02. Sujetos comprendidos - Planilla Electrónica

Se encuentran obligados a llevar la Planilla Electrónica los Empleadores que: 

 

 

OBLIGADOS

·         Tengan a su cargo uno (1) ó más trabajadores

·         Cuente con uno (1) o más prestadores de servicios y/o personal de terceros

·         Paguen pensiones de jubilación, cesantía, invalidez y sobrevivencia u otra pensión, cualquiera fuera el régimen legal al cual se encuentre sujeto.

·         Contraten a un personal en formación – modalidad formativa laboral..

·         Cuenten con uno o más trabajadores o pensionistas que sean asegurados al Sistema Nacional de Pensiones.

·         Se encuentren obligados a efectuar alguna retención de cuarta o quinta categoría

·         Tengan a su cargo uno o más artistas, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 28131

·         Hubieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de Salud u otorguen servicios propios conforme a los dispuesto en la Ley N° 26790

·         Hubieran suscrito con el Essalud un contrato por SCTR

·         Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria

 

 

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