12. Utilización de servicios prestados por No Domiciliados

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Con la finalidad de facilitar la aplicación de las nuevas reglas relacionadas al uso del Crédito Fiscal del IGV por utilización de servicios prestados por No Domiciliados, aplicables a partir del 1 de julio del 2026, se detalla los pasos a seguir para registrar los comprobantes de pago de No Domiciliados, en la nueva declaración informativa y realizar el pago correspondiente.

Importante
  1. Ingrese en el siguiente enlace para acceder al Paso a Paso.
  2. Para grandes cantidades haga uso de la opción de Carga Masiva