12. Utilización de servicios prestados por No Domiciliados

Con la finalidad de facilitar la aplicación de las nuevas reglas relacionadas al uso del Crédito Fiscal del IGV por utilización de servicios prestados por No Domiciliados, aplicables a partir del 1 de julio del 2026, se detalla los pasos a seguir para registrar los comprobantes de pago de No Domiciliados, en la nueva declaración informativa y realizar el pago correspondiente.

Ingrese en el siguiente enlace para acceder al paso a paso Modulo_DeclaraciónPago_IGV_NoDomiciliados.pdf