01. Definiciones

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Los contribuyentes se encuentran obligados a presentar la declaración cuando en el ejercicio gravable al que corresponde la declaración:

  • Ámbito de aplicación de los Precios de transferencia:  Las normas de precios de transferencia son de aplicación a las transacciones realizadas por los contribuyentes del impuesto con sus partes vinculadas; a las que se realicen desde, hacia o a través de países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición; o a las que se realicen con sujetos cuyas rentas, ingresos o ganancias provenientes de dichas transacciones están sujetos a un régimen fiscal preferencial. Base legal: Numeral a) del artículo 32°-A (1)  de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), y artículo 108 (2) del Reglamento de la LIR.

(1) Modificado por el artículo 3° del Decreto Legislativo No. 1381, publicado el 24.8.2018. 

(2) Modificado por el artículo 2° del Decreto Supremo No. 340-2018-EF, publicado el 30.12.2018.   

  • Partes vinculadas: Se considera que dos o más personas, empresas o entidades son partes vinculadas cuando una de ellas participa de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra; o cuando la misma persona o grupo de personas participan directa o indirectamente en la dirección, control o capital de varias personas, empresas o entidades. También operará la vinculación cuando la transacción sea realizada utilizando personas interpuestas cuyo propósito sea encubrir una transacción entre partes vinculadas. El artículo 24° del reglamento de la LIR señala los supuestos en que se configura la vinculación: Base Legal: numeral b) del artículo 32°-A de la LIR.