Para el correcto llenado del FV 695 deberá revisar lo siguiente:
Estructuras de Importación para el FV 695 ITF (para descarga)
Parámetro: "Código de Operación"
Señala los códigos de las operaciones afectas a ser informadas en el FV 695 – ITF.
Artículo 9° Ley 28194 |
Operaciones Afectas |
Código |
a) |
Operaciones en cuentas bancarias, a excepción de las realizadas por un mismo titular |
01 |
a) |
Acreditaciones provenientes del exterior, efectuadas en cuentas abiertas en una ESF. |
12 |
a) |
Acreditaciones no provenientes del exterior, efectuadas en cuentas abiertas en una ESF. |
13 |
a) |
Débitos destinados al exterior, efectuados en cuentas abiertas en una ESF |
14 |
a) |
Débitos no destinados al exterior, efectuados en cuentas abiertas en una ESF |
15 |
b) |
Pagos a una Empresa del Sistema Financiero (ESF), en las que no se utilice cuenta |
02 |
c) |
Adquisición de cheques de gerencia, certificados bancarios, cheques de viajero, etc. en los que no utilicen cuentas |
03 |
d) |
Entrega al ordenante del dinero recaudado en su nombre o transferencia a terceros con cargo a dichos montos sin utilizar cuentas |
04 |
e1) |
Giros o envíos de dinero a través de una ESF |
05 |
e1) |
Giros o envíos de dinero ordenado a través de una ESF con destino al exterior, sin utilizar cuentas |
16 |
e1) |
Giros o envíos de dinero ordenado a través de una ESF sin destino al exterior, sin utilizar cuentas |
17 |
e2) |
Giros o envíos de dinero a través de una Empresa de Transferencia de Fondos (ETF) o una persona generadora de renta de 3ra. |
06 |
e2) |
Giros o envíos de dinero ordenado a través de una ETF o de una persona generadora de renta de 3ra, con destino al exterior |
18 |
e2) |
Giros o envíos de dinero ordenado a través de una ETF o de una persona generadora de renta de 3ra, no destinada al exterior |
19 |
e2) |
Entrega al beneficiario de los giros o envíos de dinero provenientes del exterior efectuados a través de una ETF o una persona generadora de renta de 3ra. |
20 |
e2) |
Entrega al beneficiario de los giros o envíos de dinero no provenientes del exterior efectuados a través de una ETF o una persona generadora de renta de 3ra. |
21 |
f) |
La entrega o recepción de fondos propios o de terceros que constituya un sistema de pagos organizado en el país o en el exterior |
07 |
h1) |
Los pagos por adquisición de activos, excepto los destinados a arrendamiento financiero o instrumentos financieros |
08 |
h2) |
Las donaciones y cualquier pago que constituya gasto o costo para efectos del I. Renta, excepto los gastos financieros |
09 |
i) |
Los pagos a establecimientos afiliados a tarjetas de crédito, débito o de minoristas, sin utilizar cuentas |
10 |
j) |
Las colocaciones de fondos, sin utilizar cuentas |
11 |
Es importante verificar este parámetro para el correcto llenado de la información a ser declarada en el FV 695 – ITF.
Ten presente que el 29 de noviembre de 2023 se aprobó el formulario virtual – Declara Fácil 695, de acuerdo a la Resolución de Superintendencia 245-2023/SUNAT. , este formulario sustituye desde el periodo enero de 2024 al PDT 695 y modifica la Resolución de Superintendencia N° 335-2017/SUNAT a fin de que estos formularios se pongan a tu disposición a través del servicio Mis declaraciones y pagos.
Asimismo, a fin de facilitar la declaración, el PDT 695 puede usarse alternativamente para los periodos de enero de 2020 a diciembre de 2023, la estructura para este PDT la puede encontrar aquí.
Por ejemplo:
En caso de retención del ITF por operaciones de transferencias al exterior (por pago de proveedores del exterior), el código de operación a registrar es:
“Código 14 – Débitos destinados al exterior, efectuado en cuentas abiertas en una ESF”.
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