El agente de retención o de percepción debe presentar una declaración jurada en las que hubiera intervenido, realizadas en cada periodo tributario, mediante el formulario virtual N° 0695, de acuerdo al cronograma de vencimiento mensual de obligaciones tributarias.
El pago del impuesto
Pago del agente de retención o percepción:
Debe hacer dos pagos en cada periodo tributario, de acuerdo al cronograma aprobado para este efecto por la SUNAT.
Los pagos los realiza mediante el sistema pago fácil - boleta N° 1662.
Pago del contribuyente:
Este sólo realizará el pago
a) Por operaciones especiales
b) Conjuntamente con la declaración Anual del impuesto a l Renta, en el caso que no haya utilizado medios de pago por más del 15% del total de sus obligaciones.