Para determinar si la empresa del sistema financiero debe informar la(s) cuenta(s) de un titular:
- Si el titular tiene una única cuenta en dicha empresa, se identifica si el saldo o el rendimiento en el período que se informa es igual o superior a las siete (7) UIT; debiéndose informar el (los) concepto(s) que supere(n) dicho monto.
- Si el titular tiene más de una cuenta en la empresa del sistema financiero, se determina si la sumatoria de los importes correspondientes a los saldos o a los rendimientos que, en el período que se informa, correspondan a todas las cuentas del titular en dicha empresa es igual o superior a las siete (7) UIT; debiéndose informar, respecto de todas las cuentas, el (los) concepto(s) cuya sumatoria es igual o superior a las siete (7) UIT.
La información financiera que se declara debe estar expresada en soles, realizándose la conversión a moneda nacional conforme a lo dispuesto en el párrafo 4.4 del artículo 4 del Reglamento.
La UIT a utilizar es la correspondiente al ejercicio al cual pertenece el período que se informa.
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