04. Cuota Mensual - Refinanciamiento

El monto de la cuota mensual es fijo, a excepción de la primera cuota. Las cuotas vencen el último día hábil de cada mes a partir del mes siguiente de aprobación de la solicitud.

La cuota no podrá ser menor al 5% de la UIT vigente al momento de aprobar la solicitud.  

Asimismo, las cuotas constantes están formadas por los intereses del fraccionamiento decrecientes y la amortización creciente con excepción de la primer y última cuota, se determina de acuerdo a la siguiente formula:

formula_cuota.png

 

   C= Cuota Constante.

  D= Deuda tributaria materia de aplazamiento y/o fraccionamiento. 

  i = Interés mensual del fraccionamiento 80% de la TIM. 

  n= Número de meses del fraccionamiento.