Tamańo de Texto:

09. Puntos de verificación obligatoria - Reintegro Tributario

Enviado por admin el Vie, 07/08/2020 - 01:58

La verificación del ingreso de bienes se realiza luego de producido el arribo de los bienes al punto de verificación obligatorio o lugar señalado por la SUNAT, el cual será comunicado por el comerciante a la SUNAT y previamente a la descarga.

 Los puntos de verificación obligatorios son: 

·   Puerto Fluvial de la Empresa Nacional de Puertos-ENAPU, distrito de Punchana, departamento de Loreto (siempre que el medio usado sea fluvial).

·   Aeropuerto Internacional de Iquitos, distrito de San Juan Bautista, departamento de Loreto (siempre que el medio usado sea aéreo).

·   Aeropuerto de Pucallpa, departamento de Ucayali (siempre que el medio usado sea por vía aérea). 

·   Aeropuerto de Tarapoto, distrito de Tarapoto, departamento de San Martín (siempre que el medio usado sea por vía aérea).