Es la devolución que hace el Estado del impuesto general a las ventas pagado en las compras que realizan los comerciantes de la Región Selva, a sujetos afectos del resto del país. Siendo necesario que los bienes adquiridos sean comercializados y consumidos en la misma región.
Comprende sólo al departamento de Loreto. Al respecto se debe considerar que de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 30401, se prorroga hasta el 31 de diciembre del año 2018 el beneficio del reintegro tributario.
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