7.5. Comprobante de Retención

Al momento de efectuar la retención, el Agente de Retención entregará a su Proveedor un "Comprobante de Retención" A partir del 01/01/2018 su emisión es obligatoriamente electrónica.

Comprobante de Retención - SOL
  • La emisión se realiza desde el portal de la SUNAT y es gratuita.
  • Es un documento electrónico que tiene todos los efectos tributarios del documento COMPROBANTE DE RETENCIÓN impreso, establecido por el Régimen de Retenciones del IGV.
  • La serie es alfanumérica de cuatro dígitos: E001, y su numeración es correlativa y generada por el sistema.
  • La SUNAT garantiza la autenticidad del documento emitido desde su portal, pues este cuenta con mecanismos de seguridad.
Operatividad:

Los sujetos designados por la SUNAT como Agentes de Retención deberán retener parte del Impuesto General a las Ventas (IGV) que les corresponde pagar a sus proveedores, para su posterior entrega al fisco, según la fecha de vencimiento de sus obligaciones tributarias.

A fin de acreditar la retención del IGV efectuada el Agente de Retención emitirá al proveedor el denominado Comprobante de Retención Electrónica - CRE a través de SUNAT Operaciones en Línea, utilizando su Clave SOL, desde el Portal de la SUNAT.

Opciones de consulta:

Los Comprobantes de Retención Electrónica emitidos o recibidos pueden ser consultados por los usuarios emisores o receptores que cuenten con Clave SOL, a través del propio sistema SOL en el módulo Consultas

Comprobante de Retención - Desde los Sistemas del Contribuyente:
  • La emisión del CRE se realiza desde el sistema desarrollado por el contribuyente (Agente de Retención), no necesitando ingresar a la web de la SUNAT.
  • Es un documento electrónico que tiene todos los efectos tributarios del documento COMPROBANTE DE RETENCIÓN impreso, establecido por el Régimen de Retenciones del IGV.
  • La serie es alfanumérica de cuatro dígitos comenzando con la letra R (R###).
  • La numeración es correlativa, comienza en uno (1) y es independiente a la numeración del Comprobante de Retención emitido en formato impreso.
  • La autenticidad de los documentos electrónicos emitidos, adicional a ser consultados por el medio que proporcione el Agente de Retención a su Proveedor, también se podrán consultar en el portal web de la SUNAT.
  • Cuenta con la opción de revertir el comprobante en caso haya habido error al momento de su emisión.
  • Con la utilización del CRE se elimina la obligación de llevar el Registro de Régimen de Retenciones.
Opciones de consulta:

Este sistema de emisión electrónica tiene implementado mecanismos de consulta de la información del comprobante de retenciones.

Desde accesos que indique el emisor electrónico:

El emisor electrónico pone a disposición de sus receptores, una opción de consulta de los comprobantes de retenciones que hubiera emitido a través de una página web. Las indicaciones para acceder a este sistema de consulta vienen anotadas en el propio comprobante que se emita.

Este sistema de consulta garantiza acceso al cliente por un periodo no menor a un año para consultar el comprobante que le ha sido emitido, así como la confidencialidad de la información, de modo tal que sólo el cliente pueda acceder a dicha información.