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Tener el RUC activo.
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Encontrarse afecto al Impuesto General a las Ventas.
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El establecimiento debe haber sido declarado como domicilio fiscal o establecimiento anexo en el RUC.
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Presentar copia de la Licencia de Funcionamiento o de la Licencia de Apertura de Establecimiento, según corresponda, donde figure como actividad la de Servicios de Hospedaje, por cada establecimiento de hospedaje a inscribirse, debiendo exhibirse el original del documento.
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Para solicitar la inscripción en el Registro no será necesaria la presentación de ningún formulario.
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Una vez realizada la inscripción, la SUNAT expedirá una constancia que contendrá los datos de identificación del contribuyente que se registra, así como la información correspondiente a los establecimientos de hospedaje declarados.
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El trámite se realizará de manera personal por el deudor tributario o su representante legal; de efectuarse por un tercero, éste deberá exhibir su documento de identidad original y carta poder simple