02. Conceptos Relacionados

 

 

  • Establecimiento de hospedaje

     

    Es el lugar destinado a prestar habitualmente servicio de alojamiento no permanente, para que sus huéspedes pernocten en el local, con la posibilidad de incluir otros servicios complementarios, que cuente con el certificado de clasificación y/o categorización al que alude el artículo 9° del Reglamento de Establecimientos de Hospedaje aprobado por el Decreto Supremo N° 029-2004-MINCETUR.

     

  • Sujetos no domiciliados para efectos del beneficio tributario

     

    A aquellas personas naturales residentes en el extranjero que tengan una permanencia en el país de hasta (60) días calendario por cada ingreso al país.

 

 

 

  • Inscripción en el Registro Especial de Establecimientos de Hospedaje

     

    Se podrán inscribir los contribuyentes que cuenten con uno o más establecimientos de hospedaje ubicados en el territorio nacional.

     

  • Lugar de Inscripción

 

    La inscripción y cualquier trámite relacionado con el Registro se efectuará ante la Intendencia, Oficina Zonal o Centros de Servicios al Contribuyente de SUNAT que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.