1.- El contribuyente - Gran Comprador- deberá comunicar el devengo del gasto a favor de sus Proveedores por importes superiores a S/ 3,500 con un anticipación entre 3 días y 1 antes del pago debiendo comunicar:
Número de RUC del proveedor
Importe a Pagar expresado en Nuevo Soles
2.- El sistema valida si el proveedor es deudor o no.
Si no es deudor puede pagar a su proveedor inmediatamente, y, si el proveedor es deudor el Ejecutor Coactivo podrá notificar por vía electrónica una medida de embargo en forma de retención en el plazo de un día hábil.
3.- El Ejecutor Coactivo ordena las medidas de embargo en función del importe comunicado por el tercero y las notifica electrónicamente. El Ejecutor puede ordenar las medidas de embargo de manera oportuna y puede ordenar que se retenga hasta un 80% del importe a pagar dentro del plazo de un día hábil.
4.- Vencido el plazo de un día hábil sin que haya sido notificado por el Ejecutor Coactivo, el gran comprador puede pagar al proveedor
5.- El tercero entregará el monto retenido a través de SUNAT Virtual dentro del plazo de cinco (05) días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la referida resolución.
Añadir nuevo comentario