Desde el 01.07.2026, la principal obligación es que el IGV retenido de las liquidaciones de compra debe ser pagado y controlado de forma trazable y vinculada a cada comprobante, siendo indispensable para sustentar el crédito fiscal. La reversión de liquidaciones de compra electrónicas pasa de 7 días a 5 días calendario.
Se debe tener en cuenta lo siguiente:
- Primero se paga la retención del IGV de la Liquidación de Compra.
- Luego se presenta el FV 617.
- No se puede pagar el tributo 1012 mediante NPS desde el período 07-2026.
- Guardar la constancia de pago porque sustenta el crédito fiscal.
- La declaración ya viene prellenada con las liquidaciones de compra emitidas.
Para para conocer los pasos a seguir ingrese aquí