04. Obligaciones de declarar ante SUNAT


Las entidades beneficiarias calificadas como perceptoras de donaciones por la SUNAT deberán informar a la misma sobre la recepción y aplicación de los fondos y bienes recibidos, sustentada con comprobantes de pago.

 

Para tal fin, los donatarios (perceptores de donaciones) deben presentar el Formulario Virtual 1679 - Declaración Jurada de Información sobre Donaciones Recibidas a través de SUNAT Operaciones en Línea, utilizando su Usuario y Clave de acceso SOL, hasta el último día calendario del mes de febrero del año siguiente a la recepción o aplicación de las donaciones.