5.1. Declaración, deducción del monto retenido y devolución - Proveedor

El Proveedor utilizará el PDT- IGV-RENTA mensual, formulario virtual 621, y podrá deducir del impuesto (IGV) que le corresponda pagar las retenciones que le hubieran efectuado.

Si no existieran operaciones gravadas o si éstas resultaran insuficientes para absorber las retenciones que le hubieran practicado, el exceso se arrastrará a los períodos siguientes hasta agotarlo.