4.1. Aspectos Generales - Modificación de información en el Registro

Descripción:

La SUNAT ha implementado un nuevo sistema informático del Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados, que incorpora la nueva Solicitud de actualización al Registro (SAR) de Bienes Fiscalizados, mediante la cual el usuario podrá generar y presentar su solicitud de modificación o actualización de información en el Registro, así como la documentación exigida para dicho procedimiento de manera digital, respecto a todos los usuarios que desarrollen cualquiera de las actividades fiscalizadas.

Formulario Virtual Q-105 “Solicitud de modificación o actualización de la información del Registro”.

El usuario debe solicitar la modificación o actualización de la información del Registro de conformidad con el numeral 14.1. del artículo 14 de la RS 173-2013-SUNAT, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de producido el hecho que motiva la modificación o actualización.

Objetivo:

Mantener actualizada la información del Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados.

Alcance:

A los Usuarios que tengan su inscripción vigente en el Registro, quienes podrán realizar las siguientes actualizaciones:

  • Solicitar Actualización de Datos del Registro
  • Actualizar directores y Representantes Legales
  • Gestionar Responsable Técnico
  • Gestionar Medios de Contacto
  • Gestionar Actividades
  • Gestionar Establecimientos
  • Gestionar Responsable de Establecimientos
  • Gestionar Bienes Fiscalizados
  • Gestionar Bienes No Fiscalizados
  • Gestionar Conductores
  • Gestionar Vehículos
  • Gestionar Registro MTC