01.Condiciones para ser emisor electrónico y para emitir comprobantes electrónicos

Se adquirirá la calidad de emisor electrónico cuando se indique a través de SUNAT Operaciones en Línea o inicie la emisión de la factura electrónica, la boleta de venta electrónica y la nota de crédito vinculada a aquellas,  y cargue un certificado digital y un correo electrónico; o seleccione un PSE, todo ello adicional a que cumplir con:

  • No tener, para efectos del RUC, la condición de domicilio fiscal no habido.
  • No tener en el RUC el estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción.
  • Encontrarse afecto en el RUC al impuesto a la renta de tercera categoría, de generar ese tipo de renta.

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