Medios para realizar la devolución de oficio

Enviado por admin el Sáb, 18/07/2020 - 01:29

De acuerdo con la modificación efectuada a la Ley 30734, mediante el Decreto de Urgencia 025-2019, en su artículo 3 señala que la SUNAT realiza la devolución de oficio mediante: 

Abono en cuenta. Es cuando la devolución se realiza directamente en una cuenta de ahorros del contribuyente y aplicará siempre que la SUNAT cuente con la información del número de cuenta de ahorros o Código de Cuenta Interbancaria (en adelante CCI) del contribuyente.

Dicha información la SUNAT la podrá obtener a través de la “Comunicación” proporcionada por el contribuyente. Para registrar tu CCI debes ingresar a Mis Trámites y Consultas con tu usuario y clave SOL. Haz clic en CCI Único y sigue la ruta CCI Único - DRAWBACK/SPOT/DEVOLUCIONES/ Inscripción CCI Único/ Registro CCI Único.

Adicionalmente se debe tener en cuenta los siguientes aspectos para el registro del CCI:

La Cuenta de Ahorros no debe corresponder a una cuenta de CTS, deberá ser en moneda nacional, abierta en una empresa del sistema financiero nacional y de titularidad exclusiva del contribuyente, la cual podrá ser comunicada con la Clave SOL.

Si no cuenta con Clave SOL puede obtener una con su DNI ingresando aquí.

Notificación de la Resolución que resuelve la devolución.  Será notificado vía Buzón Electrónico el cual podrá acceder con Clave SOL.

Plazo para que SUNAT devuelva de oficio:

Será a partir del día hábil siguiente al último día de vencimiento del plazo establecido por la SUNAT para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta del ejercicio al que corresponde la devolución respectiva. Para el ejercicio 2022 a partir del 12 de abril del 2023 y dentro del plazo máximo de 30 días hábiles.  

Más información en el siguiente enlace.