Las categorías a las que corresponden los sujetos involucrados son las siguientes:
CATEGORÍA |
DEFINICIÓN |
Empleador |
Toda persona natural, empresa unipersonal, persona jurídica, sociedad irregular o de hecho, cooperativa de trabajadores, institución privada, entidad del sector público nacional o cualquier otro ente colectivo, que remuneren a cambio de un servicio prestado bajo relación de subordinación. Adicionalmente, abarca a aquellos que: -Paguen pensiones de jubilación, cesantía, invalidez y sobrevivencia u otra pensión -Contraten a un prestador de servicios -Contraten a un personal en formación, modalidad formativa -Realicen las aportaciones de salud, por las personas incorporadas como asegurados regulares al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, tales como los Pescadores y Procesadores Artesanales Independientes. -Realicen por destaque o desplazamiento, los servicios del personal de terceros. -Se encuentre obligado por el D.S. 001-2010-ED u otras normas de carácter especial, a abonar remuneraciones, CTS, bonificaciones y demás beneficios del personal de la Administración Pública que le sea asignado. |
Persona natural que presta servicios a un empleador bajo relación de subordinación, sujeto a cualquier régimen laboral, cualquiera sea la modalidad del contrato de trabajo. En el caso del sector público, abarca a todo trabajador, servidor o funcionario público, bajo cualquier régimen laboral. Esta también comprendido en la presente definición el socio trabajador de una cooperativa de trabajadores |
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A quien percibe del empleador pensión de jubilación, cesantía, invalidez y sobrevivencia u otra pensión, cualquiera fuera el régimen legal al cual se encuentre sujeto y sea asegurado regular al Essalud. |
Personal en formación, Modalidad Formativa Laboral y otros |
Se consideran como tales a: Aquellos que prestan servicios bajo alguna de las modalidades formativas reguladas por la Ley N° 28518º o cualquier otra Ley EspecialXX Aquellos que se encuentran bajo la modalidad de Servicio Civil de Graduandos (Secigra) en Derecho, regulada por el Decreto Ley N° 26113. |
Personal de terceros
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Al trabajador o Prestador de Servicios que sea destacado o desplazado para prestar servicios en los centros de trabajo, establecimientos, unidades productivas u organización laboral de otro empleador (declarante), independientemente del hecho de que ambos mantengan un vínculo jurídico. Cabe indicar que se informará en el T- REGISTRO siempre que el empleador del trabajador desatacado o desplazado no haya asumido el pago del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), siendo el pago asumido por el Declarante. |
Trabajador de Construcción Civil Eventual |
Al trabajador de construcción civil que labore para alguna persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que ejerza la opción sobre atribución de rentas prevista en el artículo 16 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo N° 179-2004-EF y normas modificatorias, en la construcción o refacción de edificaciones no relacionadas con la actividad comercial, de dichos sujetos. |
Se encuentran exceptuados de utilizar la Planilla Electrónica, aquellos Empleadores que únicamente:
EXCEPTUADOS |
· Empleen trabajadores del hogar |
· Empleen trabajadores de construcción civil eventuales |
· Contraten prestadores de servicios que generen renta de cuarta categoría y no tengan la calidad de agentes de retención de cuarta categoría |
Derechohabientes
Son los familiares del trabajador, pensionista u otro asegurado regular al EsSalud a quienes el empleador podrá inscribir a través de SOL, a fin de que puedan acceder a las prestaciones que el ESSALUD brinda. Estos son:
DERECHOHABIENTES |
· El/la cónyuge o concubino (a) |
· El/la hijo(a) menor de edad o al mayor de edad incapacitado en forma total y permanente para el trabajo |
· La madre gestante con respecto al hijo concebido, mientras dure el período de la gestación |
Hay que tener presente que solo podrán ser inscritos como derechohabientes, siempre que ellos a su vez no sean asegurados regulares.
Ejemplo: si el esposo de la titular, es trabajador de una empresa y ya se encuentra inscrito en el ESSALUD como Asegurado titular, no podrá ser inscrito como derechohabiente.
Para efectos de que su empleador realice el registro de sus derechohabientes, el trabajador o pensionista, deberá presentarle fotocopia de los siguientes documentos, según se trate del alta y la baja, así como de la modificación de sus datos:
Requisitos relacionados con los derechohabientes:
DOCUMENTOS DE IDENTIDAD DE LOS DERECHOHABIENTES PARA EL ALTA |
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DERECHOHABIENTE |
REQUISITOS |
Fotocopia de los documentos que sustentan el alta, según el siguiente detalle: |
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CÓNYUGE |
- Documento de identidad del derechohabiente - Acta o Partida de matrimonio civil - En caso de matrimonio celebrado en el extranjero el Acta o Partida inscrito en el Registro Consular peruano del lugar de celebración del acto o legalizada por el consulado peruano de su jurisdicción y por el Ministerio de Relaciones Exteriores e inscrito en la Municipalidad o RENIEC |
CONCUBINO |
- Documento de identidad del derechohabiente - Escritura Pública de reconocimiento de Unión de Hecho, según trámite señalado en la Ley N° 29560 o - Resolución Judicial de reconocimiento de la Unión de Hecho Según la Resolución de ESSALUD - Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 19-GCSPE-ESSALUD-2015 |
HIJO MENOR DE EDAD |
- Documento de identidad del hijo menor de edad, el empleador debe verificar la relación de parentesco. - En caso del hijo menor de edad identificado con carné de extranjería o pasaporte, el Acta de Nacimiento que sustenta la filiación. |
HIJO MAYOR DE EDAD |
- Documento de identidad del derechohabiente - Resolución de Incapacidad otorgada por el Centro Asistencial de ESSALUD, la misma que es tramitada por el titular, según los procedimientos aprobados por dicha entidad. |
GESTANTE |
- Documento de identidad del derechohabiente - Escritura pública, Testamento o sentencia de declaratoria de paternidad que acredite el reconocimiento del concebido. |
DOCUMENTOS DE IDENTIDAD DE LOS DERECHOHABIENTES PARA LA MODIFICACIÓN DE DATOS |
En todos los casos: Fotocopia de los documentos que sustentan la modificación de la información a realizar. |
DOCUMENTOS DE IDENTIDAD DE LOS DERECHOHABIENTES PARA LA BAJA |
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DERECHOHABIENTE |
REQUISITOS |
Fotocopia de los documentos que sustentan el alta, según el siguiente detalle: |
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CÓNYUGE |
- Acta o Partida de defunción, o- Partida de matrimonio civil con anotación marginal de divorcio o disolución de vínculo matrimonial. |
CONCUBINO |
- Acta o Partida de defunción, - Declaración jurada de fin de relación de concubinato o cese de la Unión de Hecho suscrita por el concubino y el trabajador, pensionista o prestador de servicios. |
HIJO MENOR DE EDAD |
- Acta o Partida de defunción - Para otros motivos de baja de inscripción se presentarán los documentos que sustentan la baja |
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