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Otra pregunta:
1. ¿Cuál es la base imponible máxima que correspondería aplicar en el año 2023 para el cálculo de los aportes al EsSalud de los trabajadores CAS?
Al respecto, el literal k) del artículo 6 del Decreto Legislativo N.° 1057, modificado por el DU N.° 028-2019, señala que “A partir del año fiscal 2020, la contribución tiene como base imponible el equivalente al 45% de la UIT vigente y para el año fiscal 2021 la base imponible será el equivalente al 55% de la UIT vigente en el ejercicio por cada asegurado”. Asimismo, el referido DU agrega en su Segunda Disposición Complementaria Final, que a partir del año 2022 el porcentaje se evalúa y determina a propuesta del MTPE, en coordinación con el MEF.
Como se puede apreciar, la base imponible para los ejercicios 2020 y 2021 ha sido expresamente señalada en la referida norma; en tanto que, para el ejercicio 2022 se ha señalado que el MTPE en coordinación con el MEF, pueden evaluar un incremento.
Ahora bien, dado que para este ejercicio no se ha dispuesto un incremento en la base imponible, la base imponible máxima se debe calcular de la misma manera que para el 2020, es decir, el 45% de la UIT vigente.
Asimismo. con respecto al ejercicio 2023 de acuerdo con lo determinado por el MEF, se considera como base imponible máxima el 45% de la UIT vigente.
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