14.2.2 Tipos de suspensión de inscripción en el registro

Tipos de Suspensión de Inscripción del RCBF:

1. Suspensión de oficio

Es la suspensión que la SUNAT aplica cuando verifica alguna de las situaciones previstas en la normativa vigente.

Aplica a:

  • Usuarios comprendidos en el Decreto Legislativo N.° 1126.
  • Usuarios comprendidos en la Ley N.° 32412.

 

Importante: 

Las causales de suspensión de oficio pueden ser comunes para todos los usuarios del RCBF o específicas según se trate de bienes fiscalizados vinculados al tráfico ilícito de drogas o de insumos químicos fiscalizados vinculados a actividades mineras. 

 

2. Suspensión por disposición judicial

Se produce cuando una autoridad judicial dispone la suspensión de la inscripción en el RCBF en los casos previstos por la ley.

 

Aplica a:

  • Usuarios comprendidos en el Decreto Legislativo N.° 1126.
  • Usuarios comprendidos en la Ley N.° 32412.

 

3. Suspensión a pedido de parte

Es la suspensión solicitada por el propio usuario cuando no requiere realizar temporalmente actividades que necesitan una inscripción vigente en el RCBF.

Para solicitarla, el usuario debe:

  • No contar con bienes o insumos fiscalizados.
  • No haber solicitado su adquisición.

 

Importante: 

La suspensión a pedido de parte no implica la baja de la inscripción en el RCBF y puede solicitarse siempre que se cumplan las condiciones establecidas para este procedimiento.

Documentación para solicitar la suspensión en el RCBF

Para solicitar la suspensión de la inscripción en el Registro para el Control de Bienes Fiscalizados (RCBF), el usuario debe:

Cumplir las siguientes condiciones

  • No contar con bienes o insumos fiscalizados.
  • No haber solicitado su adquisición.

Adjuntar la siguiente documentación

  • El último comprobante de pago, guía de remisión, nota de crédito o nota de débito vinculados a bienes o insumos fiscalizados emitidos por el usuario.
  • El último comprobante de pago, guía de remisión, nota de crédito o nota de débito recibidos por el usuario por sus adquisiciones de bienes o insumos fiscalizados.

Si dichos documentos fueron emitidos de forma electrónica, basta con consignar sus números en la solicitud.

¿Cómo realizar el trámite?

Ingresa a SUNAT Operaciones en Línea con tu número de RUC y Clave SOL y sigue la ruta: Empresas → Registro para el Control de Bienes Fiscalizados → Registro de la solicitud → Cambio de estado de la inscripción → Solicitud de cambio de estado → Suspensión a pedido de parte.

Características:

  • Es temporal.
  • Obliga al cese de actividades fiscalizadas hasta que subsane, extinga, caduque.
  • Actualiza información del RCBF.
  • Se sujeta al cumplimiento de obligaciones.

Los usuarios deberán ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con su usuario, N° de RUC y Clave SOL, y seguir la ruta: Empresas/Registro para el Control de Bienes Fiscalizados/Registro de la solicitud/Cambio de estado de la inscripción/Solicitud de cambio de estado/Suspensión a Pedido de Parte.

Para solicitar la suspensión de la inscripción en el Registro, el usuario debe cumplir con las condiciones siguientes.

 a) No contar con bienes fiscalizados.

b) No haber solicitado su adquisición.

Adjuntar a su solicitud de suspensión de inscripción del RCBF la documentación señalada en el numeral 20.10 del artículo 20 de la Resolución de Superintendencia N° 173-2013/SUNAT modificado por la Resolución de Superintendencia Nº 000033-2021/SUNAT, según corresponda.