01. Reactivación del número de RUC

 

Podrás habilitar tú número de RUC que se encontraba con la condición de baja de inscripción. La reactivación la puedes realizar de manera personal. 

En caso encargues a una tercera persona a realizar tú trámite, deberá exhibir tu documento de identidad original y copia, así como el formulario 2119 "Solicitud de inscripción o comunicación de Afectación de tributos". 

En caso dicho tercero cuente con carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la SUNAT, no está obligado a exhibir el documento de identidad original del titular del RUC o su representante legal. 

Recuerda que adicionalmente debes: 

  • Exhibir y/o presentar la documentación indicada para la inscripción al RUC. 
  • En el caso de contribuyentes cuyo número de RUC se encuentra con baja de inscripción de oficio, adicionalmente se le exigirá la subsanación de las obligaciones tributarias que pudieran haberse generado.
  •  Y si no presentaste la documentación respectiva, tienes la oportunidad de volver a solicitar el trámite adjuntando la documentación respectiva.

 

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