¿Qué cambios puedes solicitar?
Incorporar una actividad fiscalizada.
Incorporar una actividad en un nuevo establecimiento.
Incorporar una actividad respecto de otro bien o insumo fiscalizado.
Dar de baja una actividad, cuando corresponda.
Para los bienes fiscalizados comprendidos en el Decreto Legislativo N.° 1126, revisa las actividades previstas en su artículo 3 y las disposiciones que las desarrollan en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 044-2013-EF.
Para los insumos químicos fiscalizados comprendidos en la Ley N.° 32412, revisa las actividades señaladas en el artículo 4 de su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 117-2026-EF.
Si estás comprendido en ambos marcos normativos, identifica las actividades, establecimientos, bienes o insumos que corresponden a cada uno.
Decreto Legislativo N.° 1126
El artículo 3 comprende actividades como:
Producción.
Fabricación.
Preparación.
Envasado.
Reenvasado.
Comercialización.
Transporte.
Servicio de transporte.
Almacenamiento.
Servicio de almacenamiento.
Transformación.
Utilización.
Prestación de servicios.
Regímenes y operaciones aduaneras para el ingreso y salida del país.
Para los bienes fiscalizados comprendidos en el Decreto Legislativo N.° 1126, revisa las actividades previstas en su artículo 3 y las disposiciones desarrolladas en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 044-2013-EF.
Ley N.° 32412
El artículo 4 del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.° 117-2026-EF comprende:
Producción.
Fabricación.
Preparación.
Envasado.
Reenvasado.
Comercialización.
Transporte.
Servicio de transporte.
Distribución.
Almacenamiento.
Servicio de almacenamiento.
Utilización.
Prestación de servicios.
Disposición final.
Estas operaciones se controlan desde el origen o ingreso del insumo al territorio nacional hasta su destino final, incluidas las operaciones realizadas bajo cualquier régimen aduanero.
Revisa los documentos para incorporar una actividad