03. Formatos que se deben utilizar en las Comunicaciones

Las personas jurídicas que para efecto de la deducción prevista en el inciso f) del artículo 88 de la Ley deban presentar las Comunicaciones, utilizarán los siguientes formatos

1. Anexo I: Comunicación de participación accionaria en sociedades del exterior.

2. Anexo II: Comunicación de las utilidades obtenidas por la sociedad no domiciliada de primer y segundo nivel y de los dividendos distribuidos por estas.

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