Se puede solicitar devolución de 2 formas:
a) Por internet, presentando el Formulario Virtual N° 1649 a través de SUNAT Operaciones en Línea, que, entre otros motivos de devolución, permite pedir:
• Tipo 01 Saldo a favor materia de beneficio – Exportadores
• Tipo 02 Devolución de pago indebido o en exceso
• Tipo 23 Devolución de proveedores del régimen de retenciones no aplicadas del IGV.
• Tipo 26 Devolución de percepciones IGV no utilizadas.
• Tipo 28 Percepción - sujetos no afectos al IGV - Nuevo RUS.
• Tipo 40 Rentas de trabajo-saldo adicional
b) Presentando el Formulario N° 4949 "Solicitud de Devolución" en las dependencias y Centros de
Servicios al Contribuyente de SUNAT, en original y copia.
Este formulario debe estar llenado y firmado por el contribuyente o representante legal, acreditado en el RUC. Se presenta un formulario por cada periodo y tributo por el que se solicita devolución, indicando el tipo de solicitud. Debe adjuntarse un escrito sustentado en el que se detalle lo siguiente:
· El tributo y el periodo por el que se solicita la devolución.
· Código y número de orden del formulario en el cual efectuó el pago, así como la fecha de éste.
· El cálculo del pago en exceso o indebido.
· Los motivos o circunstancias que originaron el pago indebido o en exceso.
Se debe adjuntar copia de los documentos que obren en poder del contribuyente y que sustenten los pagos indebidos o en exceso.
- El solicitante debe poner a disposición de la SUNAT, de forma inmediata, o cuando sea requerido, la documentación y los registros contables correspondientes, en su domicilio fiscal o lugar designado por la Administración.
En el caso de retenciones del IGV no aplicadas y de percepciones del IGV no utilizadas, se debe consignar :
- Consignar como periodo tributario el último vencido a la fecha de presentación de la solicitud de devolución y en cuya declaración conste el saldo acumulado de retenciones del IGV no aplicadas o de percepciones del IGV no aplicadas, según sea el caso, a ese periodo, sin perjuicio de que el monto cuya devolución se solicita sea menor a dicho saldo.
- Haber presentado la declaración jurada mensual del IGV del último periodo que hubiera vencido a la fecha de presentación de la solicitud, con anterioridad a la presentación de la solicitud de devolución.
Importante: el importe máximo de devolución que puede solicitarse para la modalidad de abono en cuenta es S/280,000.
Añadir nuevo comentario