A partir del 01.01.2017 se ha eliminado la obligación de llevar el Libro de Ingresos y Gastos para los contribuyentes de rentas de cuarta categoría.
Así también se precisa que los Libros de Ingresos y Gastos Electrónicos generados y almacenados por la SUNAT hasta antes de la vigencia del la Resolución de Superintendencia N° 043-2017/SUNAT continuaran siendo almacenados por la SUNAT y podrán descargarse del Sistema y conservarse en formato digital, en tanto el tributo no este prescrito.
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