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14. Normas legales - FCJMMS

Enviado por apoyo01 el Mié, 12/08/2020 - 16:58

Ley N.° 29741. Publicada el 9.07.2011.

Ley que crea el Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica.

Decreto Supremo N.° 006-2012-TR. Publicado el 11.05.2012.

Aprueban Reglamento de la Ley N.° 29741.

Decreto Supremo N.° 029-89-TR. Publicado el 24.08.1989.

Aprueban Reglamento de la Ley N.° 25009 sobre Jubilación de los Trabajadores Mineros.

Ley N.° 25009. Publicada el 25.01.1989.

Promulgan Ley de jubilación de trabajadores mineros.

Resolución de Superintendencia N.° 138-2012/SUNAT. Publicada el 04.06.2012

Dictan las Normas para realizar la Declaración y el Pago de las Retenciones por los Aportes al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica.

Resolución de Superintendencia N.° 124-2012/SUNAT. Publicada el 09.06.2012

Prorrogan Plazo para el pago de las Retenciones por los Aportes al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica.

Resolución de Superintendencia N.° 181-2012/SUNAT. Publicada el 04.08.2012

Dictan las normas para realizar el pago de las Cuotas del Fraccionamiento de los aportes de los trabajadores al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica, devengados hasta el mes de abril de 2012.

Resolución de Superintendencia N.° 018-2013/SUNAT. Publicada el 19.01.2013

Establecen el Cronograma para el pago de las cuotas del Fraccionamiento de los aportes de los Trabajadores al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica devengados hasta el mes de abril de 2012 que deben cumplirse durante el año 2013.

Resolución de Superintendencia N.° 047-2013/SUNAT. Publicada el 07.02.2013Establecen la Forma y Condiciones en que las Empresas Mineras, Metalúrgicas y Siderúrgicas realizarán el Pago de sus aportes al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica correspondiente al Período 2012.

Resolución de Superintendencia N.° 020-2014/SUNAT. Publicada el 24.01.2014

Establecen la Forma y Condiciones en que las Empresas Mineras, Metalúrgicas y Siderúrgicas realizarán el Pago de sus aportes al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica correspondiente al Período 2013.

Resolución de Superintendencia N.° 1000-2015/SUNAT. Publicada el 15.04.2015

Establecen la Forma y Condiciones en que las Empresas Mineras, Metalúrgicas y Siderúrgicas realizarán el Pago de sus aportes al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica correspondiente al Período 2014.