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Acciones de Fiscalización de SUNAT

Enviado por kperezc el Vie, 20/10/2023 - 17:43

La fiscalización es un procedimiento que realiza la Sunat para comprobar la correcta determinación de impuestos. Inicia con la notificación de la carta de presentación del agente fiscalizador y el primer requerimiento, y termina con la notificación de la resolución de determinación o de multa, la cual puede impugnarse con un recurso de reclamación, según corresponda.

Durante la fiscalización, la SUNAT emitirá cartas, requerimientos, resultados, actas y otros documentos. Asimismo, te puede pedir que presentes informes, análisis, libros de actas, libros y registros contables vinculados a tus obligaciones o beneficios tributarios. Una vez que los presentes, el requerimiento es cerrado por el agente fiscalizador. El cumplimiento o no de lo requerido será comunicado en el resultado del requerimiento.

Recuerda que, a partir del 1 de marzo de 2023, la notificación electrónica se considera efectuada en la fecha en la cual se deposita en tu Buzón Electrónico SOL. Por ello, es recomendable que revises tu buzón con la mayor frecuencia posible.

Existen 2 tipos de fiscalización:

Fiscalización definitiva: se hace una auditoría exhaustiva a los libros, registros y documentos del contribuyente para determinar el monto de la obligación tributaria correspondiente a un tributo y periodo tributario. Tiene plazo de 1 año, contado a partir de la fecha en que entregaste la información solicitada en el primer requerimiento.

Fiscalización parcial: Se revisa uno, algunos o parte de los elementos de la obligación tributaria. Tiene un plazo de 6 meses, salvo que exista dificultad o evasión fiscal.

Fiscalización parcial electrónica: se da cuando la SUNAT realiza el procedimiento de fiscalización desde sus oficinas, sin tener que ir a tus oficinas o establecimientos como contribuyente. Este procedimiento tiene un plazo máximo de 30 días hábiles.

La Sunat notifica al buzón electrónico un documento que contiene las inconsistencias detectadas y otorga un plazo de 10 días hábiles para subsanar o presentar los descargos con la documentación respectiva.

En un plazo máximo de 20 días hábiles, la Sunat notifica la resolución de determinación o de multa, con la que se termina el procedimiento.

En el marco de los procesos de fiscalización, la Sunat debe verificar que:

  • Los contribuyentes cuenten con la clave SOL para acceder a las notificaciones que les envíe al buzón electrónico.
  • Almacenar, archivar y conservar los documentos que formen parte del expediente electrónico, para que los contribuyentes fiscalizados accedan a dicha información.