- Los recursos del FCJMMS - Fondo Complementario de Jubilación Minera, Minera y Siderúrgica serán administrados por el Fondo Consolidado de Reservas Previsionales (FCR) creado por el Decreto Legislativo Nº 817, Ley del Régimen Previsional a cargo del Estado.
La SUNAT administra los aportes al FCJMMS, los cuales serán transferidos al FCR para integrar el FCJMMS