01. Recibo por Honorarios - Concepto - Uso

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El Recibo por Honorarios es un tipo comprobante de pago que deben emitir las personas naturales por cada servicio que prestan en forma independiente, por percibir rentas que la Ley clasifica como rentas de cuarta categoría, inclusive en el caso que el servicio se haya realizado en forma gratuita

Los profesionales y técnicos independientes como abogados, contadores, médicos y odontólogos entregan Recibo por Honorarios a sus clientes y pacientes. Lo mismo hacen los ingenieros cuando preparan los planos de una edificación y los arquitectos cuando diseñan una casa o un edificio.

Desde el 01 de abril del 2017 los trabajadores independientes emitirán sólo Recibos por Honorarios en forma electrónica (RHE).

Excepcionalmente, si un contribuyente no puede emitir el recibo por honorarios electrónico o nota de crédito en forma electrónica, por causas no imputables a él, podrá emitir el recibo por honorarios en formato impreso obtenido de una imprenta autorizada por la SUNAT. En este caso dichos comprobantes deberán ser registrados a través de la opción Sistema de Emisión Electrónico SOL – Recibo por Honorarios Electrónico - Registro del Recibo por Honorarios Físico o Registro de Nota de Crédito Física. 

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