- Contar con código de usuario y clave SOL activa.
- Tener la condición de HABIDO en el RUC
- Encontrarse en estado ACTIVO en la Ficha RUC, es decir no encontrarse en suspensión temporal o baja de inscripción.
- No tener la calidad de sujeto del Nuevo Régimen Único Simplificado, creado por Decreto Ley N° 937 y normas modificatorias. (*)
Considerar que en algunas operaciones comerciales no se permite emitir factura electrónica.
(*) Modificación realizada mediante Resolución de Superintendencia N° 132-2015/SUNAT publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de mayo del 2015
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