Inhabilitado
Declaración, repatriación e inversión de rentas no declaradas.
¿Quiénes podían acogerse al siguiente régimen?
Las personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales que optaron por tributar como tales y que en cualquier ejercicio gravable anterior al 2016 hubieran tenido la condición de domiciliados según la ley del impuesto a la renta.