Para efectuar el pago de la retención del aporte del trabajador al FCJMMS, que se declaró y no se canceló íntegramente en el PDT, se podrá emplear la boleta de pago, en la cual deberá consignarse:
Código de tributo |
Descripción |
5632 |
FCJMMS – LEY N.° 29741-TRABAJADOR |
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