Del aporte mensual: Es agente de retención el empleador que pague o acredite remuneraciones a los trabajadores mineros, devengadas a partir del período mayo de 2012.
De las cuotas de fraccionamiento: Por su parte, la SUNAT designó como agente de retención de las cuotas de fraccionamiento a aquel empleador que pague o acredite la remuneración al trabajador y que está obligado a retenerle su aporte mensual, siempre que a la fecha en que deba efectuar la retención del aporte cuente al menos con un trabajador por el que deba pagar alguna cuota.