La declaración y pago de los impuestos aplicables para las empresas acogidas al Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER), se realizará mensualmente de acuerdo al plazo establecido en los cronogramas mensuales.

 

Los contribuyentes del RER se encuentran exceptuados de la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta.

 

Base Legal: Artículo 120 de la Ley del Impuesto a la Renta.

En caso desee realizar el pago de sus obligaciones tributarias a través de bancos o agentes autorizados. Podrá verificar horarios de pago, modalidades y otros ingresando aquí

Añadir nuevo comentario

Texto sin formato

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.
  • Las direcciones de correos electrónicos y páginas web se convierten en enlaces automáticamente.