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03. Declaración y Pago de Regalía Minera - Ley N° 28258

Enviado por admin el Mié, 05/08/2020 - 02:43

 

El pago es mensual y se realizará a través del PDT Regalía Minera – Formulario Virtual N° 698, para ello previamente debe obtenerse el archivo con la información de las Unidades de Producción para que lo descargue seleccionando la opción "Descargar Unidad de Producción".  ingresando a SUNAT Operaciones en Línea (SOL) con su usuario y Clave SOL.  

Los sujetos obligados que no encuentren información respecto a la Unidad de Producción por descargar, deben solicitar al Ministerio de Energía y Minas la actualización o la regularización de sus concesiones mineras en explotación, con el fin de que dicho ministerio autorice la actualización de dicha información en SUNAT Virtual.

El pago de la regalía minera efectuado con posterioridad a la Declaración, deberá ser realizado a través del mismo PDT Regalía Minera - Formulario Virtual N° 0698  para lo cual el sujeto obligado deberá indicar, en dicho formulario su uso como boleta de pago, utilizando una boleta de pago por cada período.