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01. Actualización Excepcional de la Deuda Tributaria

Enviado por admin el Mié, 05/08/2020 - 18:05

 

Mediante la Ley N° 30230, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de julio de 2014, se aprobó la Actualización Excepcional de las Deudas Tributarias – AEDT pendientes de pago al 13 de julio de 2014, eliminando la capitalización de intereses aplicable desde el 31 de diciembre de 1998 hasta el 31 de diciembre de 2005.                    

La actualización excepcional significa la eliminación de la capitalización de intereses, que significa que los intereses, inicial y diario, acumulados al 31 de diciembre de cada año se agregarán al tributo impago, constituyendo la nueva base para el cálculo de los intereses diarios al año siguiente.

Esto generaba que la deuda a pagar aumentara, por lo que salió esta Ley, con la finalidad de eliminar esa capitalización, conocida como actualización excepcional. Específicamente se elimina la capitalización de intereses moratorios aplicables desde el 31.12.1998 al 31.12.2005.

De conformidad a la primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30230, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el reglamento para su aplicación mediante Decreto Supremo N° 322-2014-EF, y por su parte SUNAT aprobó las disposiciones para la presentación de la solicitud de acogimiento de aquellas deudas que se encuentren impugnadas ante autoridad administrativa o judicial, mediante Resolución de Superintendencia N° 362-2014/SUNAT.