Contribuyentes del Régimen General determinaran aplicando a la renta neta anual la tasa del 29.5%.

Contribuyentes del Régimen MYPE Tributario - RMT, determinarán aplicando a la renta neta anual la siguiente escala progresiva acumulativa:

  • Hasta 15 UIT   10%
  • Más de 15 UIT 29.5%

 

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