TEMA
|
RESUMEN |
NORMA LEGAL |
Simplificación de requisitos para realizar trámites de Registro |
Se eliminó el requisito de presentar copia del DNI en trámites del RUC y Comprobantes de Pago. |
|
Facilitación en la atención de trámites en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente (CSC) a nivel nacional |
Ahora se puede hacer trámites en todos los Centros de Servicios al Contribuyente del país, no importa donde quede el domicilio fiscal de la persona entidad o empresa. |
|
Eliminación de la presentación de la DDJJ cuando no registra movimiento |
Quienes desarrollan actividad empresarial, no necesitarán presentar declaración mensual de Renta e IGV si, además de no haber generado ingresos gravados con el Impuesto a la Renta en un mes determinado, no adquirieron bienes o servicios u otros que les hayan generado crédito fiscal, ni tampoco hayan anotado en su Registro de Compras algún comprobante de pago o documentos que les otorguen crédito fiscal |
|
Transacciones de RUC por teléfono |
Una nueva forma de hacer trámites sin moverse de su casa, negocio u oficina. Basta un móvil o un teléfono fijo para actualizar 11 diferentes datos del RUC. Entre los más frecuentes están el cambio de domicilio fiscal, de correo electrónico y de código de actividad económica. |
|
Fraccionamiento del IGV corriente |
Si tus ventas anuales no superan 150 UIT (S/ 592,500) puedes fraccionar inmediatamente tu deuda por Impuesto General a las Ventas (IGV) siempre que hayas presentado la declaración jurada de ese impuesto dentro del plazo fijado en el cronograma de vencimientos de la SUNAT. Para ello inmediatamente después de enviar la declaración mensual debes ingresar con tu Clave SOL a SUNAT Operaciones en Línea y seguir los pasos allí indicados. |
|
Pago del Nuevo RUS a través de la Billetera Móvil – Dinero Electrónico |
Las personas que tienen negocio y se acogieron al NRUS ya puedan pagar sus cuotas desde su propio teléfono celular a través de la Billetera Móvil. |
|
Legalización de libros y registros ante cualquier notario del país |
Los libros y registros físicos vinculados a asuntos tributarios puedes ser legalizados ahora ante cualquier notario del país. |
|
Añadir nuevo comentario