La declaración y pago de los impuestos aplicables para las empresas acogidas al Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER), se realizará mensualmente de acuerdo al plazo establecido en los cronogramas mensuales.
Los contribuyentes del RER se encuentran exceptuados de la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta.
Base Legal: Artículo 120 de la Ley del Impuesto a la Renta.
En caso desee realizar el pago de sus obligaciones tributarias a través de bancos o agentes autorizados. Podrá verificar horarios de pago, modalidades y otros ingresando aquí
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