7. Inicio del procedimiento de cobranza coactiva

Enviado por admin el Mar, 21/07/2020 - 20:46

Si no puedes cumplir con el pago de tus tributos y/o multas en los plazos establecidos, la SUNAT te notificará al buzón SOL tu deuda pendiente, mediante documentos de cobranza como órdenes de pago, para deudas declaradas por el propio contribuyente o las resoluciones de determinación si es que la obligación se da como consecuencia de una fiscalización; una vez vencido el plazo y si la deuda continua impaga, se iniciará el procedimiento de cobranza coactiva.

El Procedimiento de Cobranza Coactiva inicia con la notificación electrónica al buzón electrónico - SOL de la Resolución de Ejecución Coactiva (REC), la cual otorga el plazo de siete (07) días hábiles para el pago total de la deuda.