Tamańo de Texto:

07. Declaración y pago de los aportes al REP

Enviado por apoyo01 el Mié, 12/08/2020 - 18:00

El armador pesquero a gran escala que registre trabajadores pesqueros bajo el Tipo de Trabajador 39: Trabajador Pesquero – Ley 30003, cuyo régimen pensionario actualizado en el T-Registro corresponda al REP (afiliación que se realiza ante la ONP), deberá utilizar dicha información en el PDT PLAME para efectuar el pago de los aportes al REP.

Corresponde al armador efectuar la retención de los aportes al REP de sus trabajadores pesqueros, así como declarar y pagar dichas retenciones y los aportes a su cargo. Para tal efecto, utilizarán el PDT PLAME, la declaración se realizará mensualmente y según el cronograma aprobado por la SUNAT.

Teniendo en cuenta que el aporte al REP se encuentra vigente a partir del 1 de febrero de 2014, la SUNAT publicó en su página web la versión 2.6 del PDT PLAME.

Es de indicar que el armador informará además el detalle de las semanas contributivas terminadas correspondiente a sus trabajadores pesqueros afiliados al REP y que correspondan al periodo a declarar.